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May 28, 2023

Por [email protected] | el 08 de junio de 2023

CITACIÓN

Y AVISO

ESTADO DE CAROLINA DEL SUR CONDADO DE RICHLAND EN EL TRIBUNAL DE DEFENSA COMÚN C/A NO. 2023-CP- 40-01971 Wells Fargo Bank, NA, como fideicomisario de Carrington Mortgage Loan Trust, Serie 2006-FRE2 Certificados de traspaso respaldados por activos, Demandante contra Dathan Stukes alias Dathan R. Stukes y Woodland Village, LLC, Demandados . AL(LOS) DEMANDADO(S) Dathan Stukes: POR LA PRESENTE SE LE CONVOCA y se le exige que responda la Demanda en la acción anterior, una copia de la cual se le entrega por la presente, y que entregue una copia de su Respuesta al abajo firmante en sus oficinas, 2838 Devine Street, Columbia, South Carolina 29205, dentro de los treinta (30) días posteriores a la entrega de la notificación, sin contar el día de dicha notificación y, si no responde a la Demanda dentro del plazo mencionado, se dictará sentencia en rebeldía en su contra por medida exigida en la Demanda. NOTIFICACIÓN POR LA PRESENTE SE NOTIFICA que la Demanda original en esta acción se presentó en la oficina del Secretario del Tribunal del Condado de Richland el 17 de abril de 2023. 02-01, tiene derecho a ser considerado para una intervención de ejecución hipotecaria. AVISO DE ACCIÓN PENDIENTE POR LA PRESENTE SE NOTIFICA QUE se ha iniciado una acción y ahora está pendiente o está a punto de iniciarse en el Tribunal de Circuito sobre la demanda del Demandante mencionado anteriormente contra el Demandado mencionado anteriormente con el fin de ejecutar una determinada hipoteca. de bienes inmuebles otorgados hasta ahora por Dathan Stukes a Wells Fargo Bank, NA, como fideicomisario de Carrington Mortgage Loan Trust, Serie 2006-FRE2 Certificados de traspaso respaldados por activos con fecha del 17 de julio de 2006 y registrados el 8 de agosto de 2006 en el Libro Hipotecario 1215 en la página 2939 en el Registro de Traspasos de Mesne/Registro de Escrituras/Secretario del Tribunal del Condado de Richland, en la suma principal original de cincuenta y dos mil 00/100 dólares ($52,000.00). A partir de entonces, mediante cesión registrada el 22 de enero de 2016 en el Libro 2083 en la página 3507, la hipoteca fue asignada al Demandante, y que las instalaciones afectadas por dicha hipoteca y por su ejecución hipotecaria están situadas en el Condado de Richland, Estado de Carolina del Sur. , y se describe de la siguiente manera: Toda esa determinada porción, parcela o lote de terreno, con cualquier mejora al respecto, situada, situada y estando en el municipio de Hopkins, Condado de Richland, Carolina del Sur, dicha porción, parcela o lote de terreno contiene 1.01 acres de tierra, más o menos, que limitan al este con tierras ahora o anteriormente de Victoria McMillian Weston, al sur con otras tierras de John Heatley, Jr., al oeste con otras tierras de John Heatley, Jr., y en el Norte por Tucker Road, y siendo descrito más particularmente y teniendo medidas y límites como sigue: Comenzando en un hierro en la esquina norte de dicho Lote en un punto quince (15') pies más o menos al Sur del lado Sur de Tucker Road y 205.8 pies más o menos al oeste del derecho de vía al oeste de Road S-40-66 y siguiendo N 31 grados. 20'20" O para una distancia de 215′ a un hierro; desde allí formando un ángulo recto y avanzando N 47° 00′ E para una distancia de 208.8′ pies hasta un hierro; desde allí formando un ángulo recto y avanzando S 31° 00' E para una distancia de 215 pies hasta un hierro, desde allí formando un ángulo recto y avanzando S 47° 00' O para una distancia de 208.8 pies hasta un hierro, el punto de origen TMS No. 30200-07-87 Dirección de la propiedad: 2027 Tucker Road, Hopkins, SC 29061 Riley Pope & Laney, LLC Post Office Box 11412 Columbia, South Carolina 29211 Teléfono (803) 799-9993 Abogados del demandante 5143

CONVOCATORIA Y

AVISO POR

PUBLICACIÓN

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

LEXINGTON

EN LA FAMILIA

TRIBUNAL DECIMO PRIMERO JUDICIAL

CIRCUITO

2023-DR-32-0510X Departamento de Servicios Sociales de Carolina del Sur, Demandante, contra Rhonda Fodero-Folger, Jesse McNesse y Lisa Sutton, Demandados, EN INTERÉS DE: Menor nacido en 2022 Menor de 18 años. A: DEMANDADA Rhonda Fodero-Folger: POR LA PRESENTE SE LE CONVOCA y se le notifica la Demanda de acción de deportación del niño menor de edad en esta acción, cuyo original se presentó en la Oficina del Secretario del Tribunal del Condado de Lexington en marzo 10 de octubre de 2023, del cual se le entregará una copia si lo solicita. POR LA PRESENTE SE LE NOTIFICA que se ha programado una audiencia sobre el asunto mencionado anteriormente en el Tribunal de Familia del Condado de Lexington ubicado en el segundo piso del Centro Judicial Marc H. Westbrook en 205 East Main Street, Lexington SC 29072. SE LE NOTIFICA ADEMÁS que: (1) el Tutor ad Litem designado por el Tribunal en esta acción para representar los mejores intereses del niño proporcionará al Tribunal de Familia un informe escrito que incluya una evaluación de los asuntos presentados ante el Tribunal junto con recomendaciones; (2) el informe escrito del tutor ad litem estará disponible para revisión veinticuatro (24) horas antes de la audiencia; (3) puede revisar el informe en la oficina del condado del Programa Guardian ad Litem. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES DE SC Becky Farmer, SC Bar No.: 101927 Luke T. Moore, SC Bar No.: 77708 Jordan A. McWilliams, SC Bar No.: 104698 Abogados del demandante PO Box 84129, Lexington, South Carolina 29073- 4129 Teléfono: (803) 785-2960 Fax: (803) 520-1180

CONVOCATORIA Y

NOTIFICACION

POR PUBLICACION

ESTADO DE CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

LEXINGTON

EN EL TRIBUNAL DE

LA FAMILIA DEL UNDÉCIMO CIRCUITO

JUDICIAL

2022-DR-32-0412X South Carolina Department of Social Service Demandante, vs. Kristin Hernandez y Oscar Agustin, Demandados EN INTERES DE: Angel Thomson, DOB: 04/03/2009 Sergio Thomson, DOB: 05/21/2011 Elena Augustin, DOB: 05/09/2012 Menor de 18 afios PARA: DEMANDADO OSCAR AGUSTIN: POR LA PRESENTE SE LE CITA y se le exige que responda a la Demanda para la extinci6n de su patria potestad sobre los hijos menores en esta Demanda. cuyo original se present6 en la Secretaria del Tribunal del Condado de Lexington el 3 de marzo de 2022, y a la Demanda enmendada para la extinci6n de su patria potestad presentada en la Secretaria del Tribunal del Condado de Lexington el 18 de noviembre de 2022. una copia de la cual se le entregara si la solicita: y que entregue una copia de su Respuesta a la Demanda al abogado abajo firmante del Demandante en P. O. Box 84129, Lexington. South Carolina 29073. dentro de los treinta (30) dias siguientes a la fecha en que se le notifique a usted. excluido el dia de dicha notificaci6n: y si usted no responde a la Demanda dentro del plazo indicado. el Demandante solicitara una Sentencia por Incumplimiento contra el Demandado por la reparacion exigida en la Demanda. SE LE NOTIFICA ADEMAS que: (1) el Guardian ad Litem (GAL) que es nombrado por el Tribunal en esta acci6n para representar los mejores intereses de los niii.os proporcionara al Tribunal de Familia un informe escrito que incluye una evaluaci6n y valoraci6n de las cuestiones presentadas ante el Tribunal junto con recomendaciones: (2) el infonne escrito del Guardian ad Litem estara disponible para su revision veinticuatro (24) horas antes de la audiencia: (3) usted puede revisar el infom1e en la oficina de! condado del programa del Guardian ad Litem. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES DE C.S. Becky Farmer, SC Bar No.: 101927 Luke T. Moore, SC Bar No.: 77708 Jordan A. McWilliams, SC Bar No.: I 04698 Abogado de Demandante PO Box 84129, Lexington, South Carolina 29073- 4129 Telefono: (803) 785- 2967 Fax: (803) 520-1180

CITACIÓN

PARA EL ALIVIO

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

TIERRA RICA

EN LA FAMILIA

TRIBUNAL PARA EL

JUDICIAL QUINTO

CIRCUITO

Expediente No.

2022-DR-40-4065 Queen Ester Gillespie, demandante, contra Alexis Janaee Gillespie, Tavarus Lerail Patton y Jon Doe, demandado(s). A LOS DEMANDADOS ALEXIS JANAEE GILLESPIE, TAVARUS LERAIL PATTON Y JON DOE, NOMBRADOS ANTERIORMENTE: POR EL PRESENTE SE LE CONVOCA y se le exige que responda la Demanda en esta acción, una copia de la cual se le entrega por la presente, y que le entregue una copia de su Respuesta a dicha demanda. Queja sobre el suscriptor en 791 Greenlawn Drive, Suite 4, Columbia, South Carolina, 29209-2641 o Post Office Box 90860, Columbia, South Carolina, 29290-1860 dentro de los treinta (30) días a partir del servicio del presente, sin incluir la fecha de dicho servicio, y en caso de no hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía en su contra por la reparación exigida en la Demanda. McDougall, Self, Currence & McLeod, LLP Por: Ronald J. Hall R. JASON HALL 791 Greenlawn Drive, Suite 4, Columbia, SC 29209 Teléfono: (803) 776- 3130 Fax: (803) 776- 7748 ABOGADOS DEL DEMANDANTE Junio 5, 2023

CITACIÓN

Y AVISO

ESTADO DEL SUR

CAROLINA EN

CONDADO DE RICHLAND

TRIBUNAL DE FAMILIA,

QUINTO

CIRCUITO JUDICIAL

No caso.

2023-DR-40-0295 JANEL STREATER vs. CURTIS STREATER, A: EL DEMANDADO CURTIS STREATER POR EL PRESENTE SE LE CONVOCA y se le exige que responda a la Demanda en esta acción, una copia de la cual se le entrega por la presente y una copia de su Respuesta a dicha Demanda sobre la Demandante o su abogado, Cyril B. Rush, III, en su oficina, 1517 Blanding Street, Columbia, South Carolina 29201, dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación del presente, sin contar el día de dicha servicio, y si no contesta la Demanda dentro del plazo antes mencionado, se dictará sentencia en rebeldía en su contra por la reparación exigida en la Demanda.

XXXXX

AVISO

A CLIENTES ACTUALES Y ANTERIORES DE

Hammond A. Beale,

JR. La Corte Suprema de Carolina del Sur designó a Peyre T. Lumpkin como síndico para proteger los intereses de los clientes de Hammond A. Beale, Jr. De conformidad con la orden de la corte, la oficina legal de Hammond A. Beale, Jr., ubicada en 791 Greenlawn Drive, La Suite 2, Columbia, SC, ha sido cerrada. El personal de la Oficina del Síndico pondrá su archivo a disposición para distribuir archivos a antiguos clientes. Comuníquese con la Oficina del Síndico al 803-734-1186 para hacer arreglos para recibir su(s) archivo(s).

CONVOCATORIA POR

PUBLICACIÓN

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

TIERRA RICA

EN EL TRIBUNAL DE

CAUSAS COMUNES

ACCIÓN CIVIL NÚM.:

2023-CP-40-00862 Caroline Sill, demandante, contra Jamaal Graves, demandado. A: JAMAAL GRAVES, EL DEMANDADO MENCIONADO ANTERIORMENTE: POR LA PRESENTE SE LE CONVOCA y se le exige que responda a la Citación y Demanda que se presentó el 20 de febrero de 2023 en el Condado de Richland y el Estado de Carolina del Sur, cuya copia se adjunta a continuación. a usted, y entregar una copia de su respuesta a dicha queja al suscriptor, en su oficina en 2801 Devine Street, Suite 300, Columbia, South Carolina 29211, dentro de los treinta (30) días posteriores a la entrega de la misma, sin contar el día de dicho servicio, y si no contesta a la demanda dentro del plazo antes mencionado, se le dictará sentencia en rebeldía para el desagravio exigido en la demanda. CHAPPELL, CHAPPEL & NEWMAN, LLC f/Mark D. Chappell Mark D. Chappell, Esquire (SC Bar No.:1197) PO Box 61170 Columbia, South Carolina 29260 Teléfono: (803) 509-5823 [email protected] Abogado de Demandante

LIS PENDIENTE

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

TIERRA RICA

EN EL TRIBUNAL DE

CAUSAS COMUNES

JUDICIAL QUINTO

CIRCUITO

C/A#2023-CP-40-02334 TRUIST BANK, F/K/A BRANCH BANKING AND TRUST COMPANY, Demandante, contra RANDALL MARTIN NASHLEANAS COMO HEREDERO LEGAL DE MARTIN J. NASHLEANAS A/K/A MARTIN JAMES NASHLEANAS, FALLECIDOS Y CUALQUIER OTRO HEREDEROS O DISTRIBUIDOS O REPRESENTANTES PERSONALES Y SUS CÓNYUGES, SI LOS TIENEN, Y TODAS LAS DEMÁS PERSONAS DESCONOCIDAS CON CUALQUIER DERECHO, TÍTULO, PATRIMONIO, INTERÉS O GRAVAMEN SOBRE LOS BIENES INMUEBLES DESCRITOS EN LA PRESENTE DEMANDA ; TAMBIÉN TODOS LOS ADULTOS DESCONOCIDOS Y AQUELLAS PERSONAS QUE PUEDAN ESTAR EN EL SERVICIO MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIENDO TODOS ELLOS UNA CLASE DESIGNADA COMO JOHN DOE; Y TODOS LOS MENORES DESCONOCIDOS O PERSONAS BAJO UNA DISCAPACIDAD QUE SEAN UNA CLASE DESIGNADA COMO RICHARD ROE; y TRUIST BANK, Demandados. A LOS DEMANDADOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE: POR LA PRESENTE SE NOTIFICA que se iniciará una acción en este Tribunal sobre la Demanda del Demandante mencionado anteriormente contra los Demandados mencionados anteriormente por la ejecución hipotecaria de cierta Hipoteca de Bienes Raíces otorgada por Martin J. Nashleanas a/k/a Martin James Nashleanas, ahora fallecido, al Demandante, sus sucesores y cesionarios, fechado el 22 de agosto de 2017, y registrado el 28 de agosto de 2017, en la oficina del Registro de Escrituras del Condado de Richland, Carolina del Sur en Libro 2239 a Folio 2474 (la "Hipoteca"). En el momento de la presentación de este aviso, las instalaciones afectadas por dicha acción estaban ubicadas en el Condado de Richland, Estado de Carolina del Sur, y se describen de la siguiente manera: Todo ese determinado pedazo, parcela o lote de terreno con las mejoras al mismo. , situado, acostado y estando en el Condado de Richland, Estado de Carolina del Sur, siendo mostrado y delineado como Lote 2, Bloque "X-2" en un plano de Friarsgate B Sección 4 preparado por Belter & Associates registrado en la Oficina del Registro of Deeds (ROD) para el condado de Richland en el Libro de registro/plano "X", página 2794. Dicho plano se adopta e incorpora aquí como referencia para una descripción más completa y precisa; todas las medidas son un poco más o menos. Esta es una propiedad transferida a Martin J. Nashleanas mediante escritura de Francis D. Little con fecha del 24 de mayo de 2000 y registrada el 30 de mayo de 2000 en la Oficina del ROD del condado de Richland en el Libro de registro, 412, página 457. TMS#: 03908- 03-03 Para una descripción completa de la propiedad gravada por la Hipoteca, el abajo firmante solicita una referencia a la Hipoteca, cuyos términos se incorporan al presente como referencia. f/Ryan J. Patane Ryan J. Patane SC Bar No. 103116 Benjamin E. Grimsley SC Bar No. 70335 D'ALBERTO, GRAHAM & GRIMSLEY, LLC

AVISO DE PEDIDO

NOMBRAMIENTO DE TUTOR AD LITEM

NISI Y ABOGADO DE: LOS ACUSADOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO, NOMBRES Y DIRECCIONES DESCONOCIDAS, INCLUYENDO CUALQUIERA DE LOS MISMOS QUE PUEDAN SER MENORES DE EDAD, PERSONAS ENCARCELADAS, PERSONAS INCAPACES, CON OTRA DISCAPACIDAD LEGAL O EN EL SERVICIO MILITAR, SI LOS HAY, RESIDENTES O NO RESIDENTES DE CAROLINA DEL SUR Y AL TUTOR NATURAL, GENERAL, TESTAMENTARIO O COMITÉ, O DE OTRO MODO, Y A LA PERSONA CON QUIEN PUEDE VIVIR, SI LA HAY: POR FAVOR TENGA EN CUENTA que una Moción para una orden que nombra a Kelley Y. Woody, Esquire, como Tutor ad Litem Nisi, para todas las personas que en el presente se designen colectivamente como Richard Roe o John Doe, los acusados ​​en el presente, nombres y direcciones desconocidos, incluidos cualquiera de ellos que pueda ser menor de edad, personas encarceladas, personas incompetentes o bajo otra discapacidad legal, y como Abogado de dicho partes que pueden estar en el servicio militar, ya sean residentes o no residentes de Carolina del Sur, se presentó en la Oficina del Secretario del Tribunal del Condado de Richland. USTED ADEMÁS TOMARÁ NOTA de que, a menos que dichos menores o personas con otra discapacidad legal, si las hubiere, o alguien en su nombre o en nombre de cualquiera de ellos, dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación de esta orden por parte de ellos publicación, exclusiva del día de tal servicio, procure que se les nombre, o a cualquiera de ellos, un Tutor ad Litem para representarlos a los fines de esta acción, el nombramiento de dicho Tutor ad Litem Nisi y Procurador se hará absoluto . f/Ryan J. Patane SC Bar No. 103116 Benjamin E. Grimsley SC Bar No. 70335 D'Alberto, Graham & Grimsley, LLC Abogados del Demandante

CONVOCATORIA Y

AVISO DE PRESENTACIÓN

QUEJA A LOS DEMANDADOS ANTERIORMENTE MENCIONADOS: POR LA PRESENTE SE LO CONVOCA y se le exige que responda la Demanda en esta acción, una copia de la cual se le entrega por la presente, y que entregue una copia de su respuesta a dicha Demanda a los suscriptores, en su oficina , 508 Meeting Street, West Columbia, South Carolina 29169 o Post Office Box 11682, Columbia, South Carolina 29211, dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación del presente, sin contar el día de dicha notificación; y si no contesta la Demanda en el tiempo antes dicho, se le dictará sentencia en rebeldía por la reparación exigida en la Demanda. POR LA PRESENTE SE NOTIFICA que la Demanda original en la acción mencionada anteriormente se presentó en la oficina del Secretario del Tribunal del Condado de Richland el 5 de mayo de 2023. f/Ryan J. Patane SC Bar No. 103116 Benjamin E. Grimsley SC Bar No. 70335 D'Alberto, Graham & Grimsley, LLC Abogados del demandante PO Box 11682 Columbia, SC 29211 803-233-1177 [email protected] [email protected]

XXXXX

LIS PENDIENTE

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

TIERRA RICA

EN EL TRIBUNAL DE

CAUSAS COMUNES

EXPEDIENTE NO.

2023-CP-40-00891 Michelle Kracher, como administradora sucesora del fideicomiso de la familia Richard D. Owens con fecha del 1 de abril de 2000 Demandante contra Cynthia L. Hanley; Gary L. Owens; Kenneth R. Owens; El Representante Personal del Patrimonio de Richard D. Owens, cuyo nombre se desconoce, sus herederos, Representantes Personales, Administradores, Síndicos, Sucesores y Cesionarios, y todas las demás personas con derecho a reclamar a través de ellos; El representante personal del patrimonio de Lynne R. Owens, cuyo nombre se desconoce, sus herederos, representantes personales, administradores, síndicos, sucesores y cesionarios, y todas las demás personas con derecho a reclamar a través de ellos; todas las personas desconocidas con cualquier derecho, título o interés en los bienes inmuebles aquí descritos; incluyendo también cualquier persona que pueda estar en el servicio militar de los Estados Unidos de América, siendo una clase designada como John Doe, y cualquier menor desconocido o persona con discapacidad siendo una clase designada como Richard Roe, Demandados. 23-132838 POR LA PRESENTE SE NOTIFICA QUE se ha iniciado o se iniciará una acción en este Tribunal a raíz de la queja del Demandante mencionado anteriormente contra los Demandados mencionados anteriormente para acallar el título de ciertos bienes inmuebles que se encuentran y se encuentran en el condado de Richland, Carolina del Sur. Los predios amparados y afectados al tiempo de la realización del mismo y al tiempo de radicación de este aviso, se describen como sigue: Todo aquel determinado pedazo, parcela o lote de terreno, con la mejora sobre el mismo, sito, tendido y estando en el lado sur de Gadsden Street, en la Ciudad de Columbia, Condado de Richland, Estado de Carolina del Sur, el mismo que se muestra como Lote No. 326 en un mapa de Camp Fornance hecho por mi T. Keith Lagaree, noviembre de 1910, y registrado en la Oficina del Secretario del Tribunal del condado de Richland en Play Book "E" páginas 160 y 161, y que tiene las siguientes medidas y límites a saber: Delimitado al norte por dicha calle Gadsden, que mide Cincuenta (50 ') pies, más o menos, delimitada al Este por el lote No. 325 en dicho plano y de ciento cuarenta y cinco con siete décimos (145.7') pies más o menos; limitado al Sur por propiedad de desconocido y midiendo en ella Cincuenta y cinco y Un Décimo (55.1') siento, más o menos; limita al Oeste con el Lote No. 327 en dicho mapa y mide en el mismo Ciento Veintitrés y Un Décimo (123.1') pies, más o menos. Dirección de la propiedad: 3221 Gadsden Street Columbia, SC 29201 TMS#: R09106-19-05 s/ Erica G. Lybrand Erica G. Lybrand (SC Bar # 79052) BLAIR CATO PICKREN CASTERLINE, LLC 925 E Main Street, Unit A Lexington, SC 29072 (803) 881-6904 ABOGADO DEL DEMANDANTE Fecha: 21 de febrero de 2023 Columbia, Carolina del Sur

CITACIÓN

Y NOTIFICACIÓN A LOS ACUSADOS ANTERIORMENTE NOMBRADOS: POR LA PRESENTE SE LO CONVOCA y se le exige que comparezca y se defienda respondiendo a la Demanda en esta acción, de la cual se le entrega una copia por la presente, y que entregue una copia de su Contestación a los suscriptores en sus oficinas, 700 Huger Street, Columbia, SC 29201 dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación del presente, sin incluir el día de dicha notificación, salvo que los Estados Unidos de América, si se nombra, tendrá sesenta (60) días para responder después de la notificación del presente, excluyendo el día de dicha notificación; y si no lo hiciere, se le dictará sentencia en rebeldía por la reparación exigida en la Demanda. TAMBIÉN TOMARÁ NOTA de que el Demandante solicitará una orden de referencia o que el Tribunal puede emitir una orden general de referencia de esta acción a un maestro en equidad/árbitro especial, de conformidad con la Regla 53 de las Reglas de Procedimiento Civil de Carolina del Sur. . A MENORES MAYORES DE CATORCE AÑOS, Y/O A MENORES DE CATORCE AÑOS Y A LA PERSONA CON LA QUE RESIDE EL MENOR, Y/O A PERSONAS BAJO ALGUNA DISCAPACIDAD LEGAL: SE CONVOCA ADEMÁS Y NOTIFICADO para solicitar el nombramiento de un tutor ad litem dentro de los treinta (30) días posteriores a la entrega de este Citatorio y Notificación. Si no lo hace, la solicitud de dicho nombramiento la hará el Demandante. f/ Erica G. Lybrand Erica G. Lybrand (SC Bar # 79052) BLAIR CATO PICKREN CASTERLINE, LLC 925 E Main Street, Unit A Lexington, SC 29072 (803) 881-6904 ABOGADO DEL DEMANDANTE Fecha: 21 de febrero de 2023 Columbia, Carolina del Sur

CITACIÓN

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

TIERRA RICA

EN EL TRIBUNAL DE

MOTIVOS COMUNES Caso n.º 2023-CP-40-01134 The Townhomes of St. Andrews Woods Improvement Association, Inc., demandante, contra Gregory B. Fulton, demandado. AL(LOS) DEMANDADO(S) ANTERIORMENTE NOMBRADOS: POR LA PRESENTE SE LE CONVOCA y se le exige que responda a la Demanda en la acción mencionada anteriormente, copia de la cual se le entrega por la presente, y que entregue una copia de su respuesta al abajo firmante en su oficina, Walter B. Todd Jr. PC, PO Box 1549, Columbia, South Carolina, 29202 dentro de los Treinta (30) días posteriores a la notificación del presente, sin incluir el día de dicha notificación, y si no responde a la Demanda dentro del plazo mencionado, la sentencia será dictada en su contra por la reparación exigida en la Demanda. USTED TAMBIÉN TOMARÁ NOTA de que el abogado que suscribe en nombre del Demandante en este documento, buscará el acuerdo y la estipulación de todas las partes que no estén en rebeldía para una Orden de Referencia al Maestro en Equidad para el Condado de Richland que estipule que dicho Maestro puede dictar una sentencia final en este caso.

AVISO DE PRESENTACIÓN

DE LA QUEJA AL/A LOS DEMANDADOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE: POR LA PRESENTE SE NOTIFICA que la Queja original en esta acción fue presentada en la Oficina del Secretario del Tribunal del Condado de Richland, Carolina del Sur, el 2 de marzo de 2023. Walter B. Todd, Jr. PC Apartado postal 1549 Columbia, SC 29202 (803) 753-7952

CITACIÓN

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

LEXINGTON

EN LA SUCESIÓN

CORTE

NO CASO.:

1999-ES-32-00783 Frederick Carter, como representante personal del patrimonio de James Clinton Carter, peticionario, contra Frances Carter, Brenda L. Halloway, Troy Carter y Keron Carter, demandados. In re: Estate of James Clinton Carter AL DEMANDADO(S) MENCIONADO(S) ANTERIORMENTE: POR LA PRESENTE SE LE CONVIERTE y se le exige que responda a la presente Petición, una copia de la cual se le entrega por la presente, y que entregue una copia de su Respuesta a esta Petición a el suscriptor, en la dirección que se muestra a continuación, dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación del presente, sin contar el día de dicha notificación, y si no responde a la Petición, se dictará sentencia en rebeldía en su contra por la reparación exigida en el Petición. West Columbia, Carolina del Sur Fecha: 16 de marzo de 2023 Michele R. Parrish Setzler & Scott, PA Post Office Box 4024 West Columbia, SC 29171 (803) 796-1285 Abogado del peticionario

AVISO DE AUDIENCIA

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

LEXINGTON

EN LA SUCESIÓN

CORTE

NO CASO.:

1999-ES-32-00783 Frederick Carter, como representante personal del patrimonio de James Clinton Carter, peticionario, contra Frances Carter, Brenda L. Halloway, Troy Carter y Keron Carter, demandados. In re: Estate of James Clinton Carter El Honorable Daniel R. Eckstrom, Juez del Tribunal de Sucesiones del Condado de Lexington, programó una audiencia sobre este asunto para el 28 de junio de 2023 a las 9:30 am en el Centro Judicial Marc H. Westbrook , 205 East Main Street, Suite 134, Lexington, SC 29072. SETZLER & SCOTT, PA f/Michele R. Parrish Michele R. Parrish Post Office Box 4024 1708 Augusta Road West Columbia, South Carolina 29171-4024 (803) 796-1285 MParrish@Setzler- Scott.com Abogado del peticionario West Columbia, Carolina del Sur 22 de mayo de 2023

CITACIÓN

Y AVISOS

(No jurado)

JUICIO HIPOTECARIO

DE BIENES RAÍCES

HIPOTECA

ESTADO DE

CAROLINA DEL SUR

CONDADO DE

TIERRA RICA

EN EL TRIBUNAL DE

CAUSAS COMUNES

C/A#.:2022-CP-40-06238 Wells Fargo Bank, NA, demandante, contra Charrissa Johnson; Tatiana Johnson; Asociación de Propietarios de Carriage Oaks, Inc.; CFNA Receivables (SC), Inc. f/k/a CitiFinancial, Inc., Demandado(s). AL(LOS) DEMANDADO(S) ANTERIORMENTE MENCIONADOS: POR EL PRESENTE SE LE CONVIERTE y se le exige que comparezca y se defienda respondiendo a la Demanda en esta acción, una copia de la cual se le entrega por la presente, y que entregue una copia de su Contestación a los suscriptores en su oficinas en 3800 Fernandina Road, Suite 110, Columbia, SC 29210, dentro de los treinta (30) días posteriores al servicio del presente, sin contar el día de dicho servicio; excepto que los Estados Unidos de América, si se nombra, tendrá sesenta (60) días para responder después de la notificación del presente, sin contar el día de dicha notificación; y si no lo hiciere, se le dictará sentencia en rebeldía por la reparación exigida en la Demanda. A MENORES MAYORES DE CATORCE AÑOS, Y/O A MENORES DE CATORCE AÑOS Y A LA PERSONA CON LA QUE RESIDE EL MENOR, Y/O A PERSONAS BAJO ALGUNA DISCAPACIDAD LEGAL: SE CONVOCA ADEMÁS Y NOTIFICADO para solicitar el nombramiento de un tutor ad litem dentro de los treinta (30) días posteriores a la entrega de este Citatorio y Notificación. Si no lo hace, la solicitud de dicho nombramiento la hará el Abogado del Demandante. TAMBIÉN TOMARÁ NOTA de que el Demandante solicitará una Orden de Referencia o el Tribunal puede emitir una Orden de Referencia general de esta acción a un Experto en Equidad/Árbitro Especial, de conformidad con la Regla 53 de las Reglas de Procedimiento Civil de Carolina del Sur . TAMBIÉN TOMARÁ EN CUENTA que, de conformidad con las disposiciones del SC Code Ann. § 29-3-100, efectivo el 16 de junio de 1993, se perfecciona cualquier cesión colateral de rentas contenidas en la Hipoteca referida y el Abogado del Demandante por la presente notifica que todas las rentas serán pagaderas directamente a ella mediante entrega a sus abogados abajo firmantes a partir de la fecha por defecto Como alternativa, el Demandante presentará ante un juez de este Circuito el décimo día después de la notificación del presente, o tan pronto como se pueda escuchar a un abogado, para obtener una Orden que haga cumplir la cesión de los alquileres, si los hubiere, y que obligue al pago de todos los alquileres cubiertos. mediante dicha cesión directamente al Demandante, cuya moción se basará en el Pagaré e Hipoteca originales del presente y la Demanda adjunta.

AVISO DE PRESENTACIÓN

QUEJA A LOS ACUSADOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE: POR FAVOR TENGA EN CUENTA que la Queja original, la Portada para acciones civiles y el Certificado de exención de ADR en la acción mencionada anteriormente se presentaron en la Oficina del secretario del tribunal del condado de Richland el 29 de noviembre de 2022. Brock & Scott, PLLC 3800 Fernandina Road, Suite 110, Columbia, SC 29210 Teléfono (803) 454-3540 Fax (803) 454-3541 Abogados del demandante

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